Recuerda: El número de póliza es 056496254
Objeto del Seguro
El seguro tiene como finalidad cubrir lesiones corporales accidentales sufridas por los asegurados durante la práctica deportiva, de acuerdo con lo establecido en el R.D. 849/1993, de 4 de junio.
Las asistencias médicas cubiertas por la póliza serán prestadas exclusivamente en centros médicos o por facultativos concertados por la entidad aseguradora (ALLIANZ).
Pasos a seguir en caso de accidente:
Comunicación inmediata del accidente a la Federación o al responsable del Club para activar el procedimiento en el plazo máximo de 4 días.
Horario Federación: de 9:45 a 11:45 y de 16:00 a 18:00
Teléfonos Federación: 942 755 294 - 623 585 187
e-mail Federación: info@fcdme.es
Notificar el accidente a Allianz en el plazo máximo de 7 días.
Teléfono de Allianz (24 horas):
900 404 444
- Donde se procederá a la apertura del expediente correspondiente y se le solicitará al federado:
- Identificación (ficha federativa) y comprobación de cobertura.
- Explicación del accidente.
- Parte de accidentes firmado/sellado por la Federación.
- La aseguradora facilitará en ese momento el número de expediente asignado, que deberán anotar puesto que servirá como referencia para cualquier gestión posterior.
- Para solicitar seguimiento posterior de tratamiento o pruebas complementarias será el propio Centro Médico quien lo solicite a la aseguradora y se le enviará la autorización al Centro Médico que lo solicite.
Urgencias
Se entiende como tal la atención sanitaria cuya demora pueda acarrear agravamiento de la lesión, dolor extremo, o necesidad de acudir inmediatamente en el momento posterior al accidente, siempre y cuando tal asistencia sea Objeto del Seguro y dentro de las primeras 24 horas desde que se produce el Accidente Deportivo.
En este caso el federado deberá llamar al teléfono de asistencias 24 horas donde le coordinarán la asistencia de urgencia en un centro concertado:
Urgencias en España: 900 404 444
En caso de Accidente en el extranjero, el teléfono de Asistencia es:
Urgencias en el Extranjero: +34 91 452 29 15
Urgencia clínica vital
Solo en caso de Urgencia Clínica Vital podrá acudir directamente al centro sanitario más próximo. Una vez superada la primera asistencia de urgencias, el lesionado deberá ser trasladado a un centro médico concertado.
En caso de que permaneciera en CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO, Allianz no se hará cargo de los costes por la atención prestada.
Allianz no se hará cargo de los gastos derivados de asistencias en centros no concertados o de la Seguridad Social salvo en los casos de urgencia vital. En el caso de que se facturaran a Allianz, ésta podría repercutirlos al asegurado.
El federado deberá comunicar el primer día hábil su circunstancia a la plataforma de siniestros de Allianz para la apertura del expediente.
EN CASO DE INCIDENCIAS, CONTACTE CON AON
Para cualquier incidencia en la tramitación de siniestros que no haya podido ser resuelta con la aseguradora por el canal ordinario de gestión indicado anteriormente, pueden ponerse en contacto con AON al objeto de recibir el correspondiente asesoramiento:
Correo electrónico de consultas y atención al federado: siniestros.federaciones@aon.es
Para cualquier solicitud de asesoramiento se debe de facilitar siempre el número de siniestro facilitado por la aseguradora tras la comunicación de siniestro, junto al número de DNI y fecha de nacimiento.
El correo electrónico será la via principal de comunicación, si bien se dispone igualmente de un teléfono de atención al federado llamando en horario de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 horas y viernes hasta las 15 horas:
AON: 91 489 12 68
Le recordamos que:
- Será motivo de cierre del expediente del Siniestro y por tanto no continuidad de tratamiento, si durante la BAJA MEDICA DEPORTIVA el Federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta médica por un accidente anterior.
- El accidente debe ser comunicado en un periodo máximo de 7 días desde que se produce el mismo.
- Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, que no sea de URGENCIAS, deberá ser autorizada previamente, de lo contrario será el federado quien se haga cargo de los costes incurridos.
Les recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por microtraumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.